Este martes 17 de julio fue promulgado en Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo No. 307 de 6 de julio de 2018, mediante el que se extiende la validez de la receta de uso prolongado de tres meses a doce meses de vigencia, para los pacientes estables y según el criterio del médico tratante.
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Esto beneficia a los pacientes de enfermedades crónicas quienes tenían que sacar cita para poder que les dieran la receta para sus medicamentos.
Con la moficifación, el Artículo 313 queda así: "para padecimientos crónicos, cuya condición sea estable y controlada, el médico prescriptor podrá utilizar la receta de uso prolongado, la cual podrá ser válida hasta para doce (12) prescripciones de un mismo medicamento, correspondiente hasta para doce (12) meses de tratamiento. La prescripción de hará de forma gradual, cada mes".
Mientras que, el Artículo 314, queda: "Las recetas para uso prolongado, emitidas en instituciones de salud estatales, se les dará curso por medio un formato especial que cumpla con los requisitos generales indicados en esta reglamentación. Además, debe incluir la leyenda "Receta de uso prolongado".
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Las entidades privadas también deberán cumplir con los requisitos generales de la norma.
Cada institución de salud se encargará de los procesos de control en las farmacias. Las recetas no deben durar más de un año.